El principio nullum crimen sine iure en Derecho Internacional contemporáneo

El presente trabajo aborda la evolución y el contenido actual del principio nullum crimen sine iure en el ordenamiento jurídico internacional. Analiza su desarrollo desde su configuración—al término de la Segunda Guerra Mundial como un “principio de justicia”—hasta su actual definición como un“derec...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/6460
Acceso en línea:
https://revistas.urosario.edu.co/index.php/anidip/article/view/2858
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/6460
Palabra clave:
Crimen
Principio de legalidad
accesibilidad
previsibilidad
costumbre
Corte Europea de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Corte Penal Internacional
Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia
nullum crimen
legality
accessibility
foreseability
custom
European Court of Human Rights
Inter-American Court of Human Rights
International Criminal Court
International Criminal Tribunal for the former Yugoslavia
Princípio da Legalidade
Nullum Crime
Acessibilidade
Previsibilidade
Costume
Corte Europeia de Direitos Humanos
Corte Interamericana de Direitos Humanos
Tribunal Penal Internacional
Tribunal Penal Internacional para a ex-Iugoslávia
Rights
License
Copyright (c) 2014 Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal
Description
Summary:El presente trabajo aborda la evolución y el contenido actual del principio nullum crimen sine iure en el ordenamiento jurídico internacional. Analiza su desarrollo desde su configuración—al término de la Segunda Guerra Mundial como un “principio de justicia”—hasta su actual definición como un“derecho subjetivo individual” limitativo de la soberanía de los Estados.Explica que no debe ser un tipo específico de norma(en particular,una norma escrita con rango de ley)la que determine el carácter punible de una conducta; antes de su comisión solo exige que la misma sea constitutiva de delito conforme al sistema de fuentes previsto para la creación del Derecho Penal en el ordenamiento jurídico nacional o internacional de que se trate.Por último,analiza cómo se configura con base en los requisitos de la accesibilidad de la norma que recoge la conducta prohibida,y la previsibilidad de la responsabilidad penal en la que incurre su autor en el momento de ejecutarla.