Propuesta para un nuevo ordenamiento jurídico para la denuncia del pleito y el llamamiento de la garantía

La Relación Jurídica Procesal está conformada por el Juez, el Demandante y el Demandado; los dos últimos son los llamados Partes. Existen también otros sujetos que se pueden vincular al proceso después de iniciado éste y a éstos se les denomina Terceros. Se presentan dos clases de terceros: los indi...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
1992
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/21518
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21518
Palabra clave:
Derecho procesal civil
Demandante
Llamamiento en garantía
Derecho privado
Derecho procesal
Responsabilidad del estado::Colombia
Rights
License
Bloqueado (Texto referencial)
Description
Summary:La Relación Jurídica Procesal está conformada por el Juez, el Demandante y el Demandado; los dos últimos son los llamados Partes. Existen también otros sujetos que se pueden vincular al proceso después de iniciado éste y a éstos se les denomina Terceros. Se presentan dos clases de terceros: los indiferentes y los interesados; los primeros no tienen ningún interés que hacer valer dentro del proceso, mientras que los segundos tienen un interés legítimo dentro de él. Los Terceros pueden intervenir de manera principal o adhesiva. Para efecto de nuestro trabajo estudiaremos la Principal, en la cual los Terceros tienen un derecho propio que hacer valer dentro del proceso. Esta clase de intervención puede ser voluntaria o forzosa; la primera es cuando depende únicamente de la voluntad del tercero intervenir o no en el proceso, en tanto que la segunda extiende los efectos al tercero una vez citado, sin importar si éste comparece o no al proceso, por disposición de la Ley de todas manera la sentencia lo afecta y la decisión tiene tránsito a cosa juzgada.