El estatuto de roma y la jurisprudencia de la corte penal internacional en materia de participación de victimas

Uno de los rasgos fundamentales de la Corte Penal Internacional es que, a diferencia de los tribunales internacionales que le sirvieron como antecedente, prevé un sistema de participación de víctimas en los procesos penales. Durante negociación del Estatuto de Roma, la idea conferirle facultades al...

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Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/27606
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/27606
Palabra clave:
Participación de víctimas
Corte Penal Internacional
Lubanga
Katanga
Bemba
Estatuto de Roma
Víctima indirecta
Norma 55
Rights
License
Abierto (Texto Completo)
Description
Summary:Uno de los rasgos fundamentales de la Corte Penal Internacional es que, a diferencia de los tribunales internacionales que le sirvieron como antecedente, prevé un sistema de participación de víctimas en los procesos penales. Durante negociación del Estatuto de Roma, la idea conferirle facultades al ofendido encontró una ferviente aceptación por ser legataria de una tendencia en el derecho internacional de los derechos humanos a incrementar su participación. Son pocas las normas del Estatuto de Roma y de las Reglas de Procedimiento y Prueba que definen el concepto de “víctima” y establecen los derechos que les corresponde ejercitar (el estatuto procesal). Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte ha avanzado considerablemente en cuanto a varios de los problemas más apremiantes que planta este concepto. El presente trabajo tiene por finalidad sistematizar y analizar esa jurisprudencia a la luz de las normas que rigen el funcionamiento la Corte y, en particular, examinar qué sentido puede tener la participación de víctimas ante una Corte que, intrínsecamente, es un sucedáneo de la inactividad del Estado.