Terminación del proceso licitatorio por vulneración de los principios orientadores de la contratación administrativa

En la celebración de contratos en los que sea parte la Administración Pública, concurren varios elementos comunes, son ellos, en primera medida, el interés colectivo, en segundo lugar, una serie de recursos de naturaleza pública que se comprometen y en tercer lugar la presencia de lo fundamental que...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2004
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/9770
Acceso en línea:
http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/9770
Palabra clave:
Derecho privado
Licitación pública
Procedimiento administrativo
Proceso licitatorio::Terminación
Rights
License
Bloqueado (Texto referencial)
Description
Summary:En la celebración de contratos en los que sea parte la Administración Pública, concurren varios elementos comunes, son ellos, en primera medida, el interés colectivo, en segundo lugar, una serie de recursos de naturaleza pública que se comprometen y en tercer lugar la presencia de lo fundamental que caracteriza a todo contrato, vale decir, el acuerdo de las partes. El interés colectivo, es uno de los fines de la contratación estatal, para el efecto, es necesario tener en cuenta que los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.1 En este contexto, la noción de beneficio por parte de la Administración no hace referencia a la concreción de un propósito favorable o ventajoso para si misma; toda vez que el concepto en estas circunstancias, no puede reducirse a la búsqueda de una ganancia económica sino a promover la satisfacción de intereses y necesidades generales.