La reparación del daño
Pretendo hacer con el presente ensayo monográfico, como uno de los requisitos de grado par optar por el título de Especialista en derecho Administrativo, algunas reflexiones sobre el tema del daño. Es regla natural de toda sociedad, corroborada históricamente, que la reacción frente a los daños sufr...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1999
- Institución:
- Universidad del Rosario
- Repositorio:
- Repositorio EdocUR - U. Rosario
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.urosario.edu.co:10336/10001
- Acceso en línea:
- http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/10001
- Palabra clave:
- Derecho privado
Derecho administrativo
Daños y perjuicios
Responsabilidad civil
Responsabilidad civil extracontractual
- Rights
- License
- Bloqueado (Texto referencial)
Summary: | Pretendo hacer con el presente ensayo monográfico, como uno de los requisitos de grado par optar por el título de Especialista en derecho Administrativo, algunas reflexiones sobre el tema del daño. Es regla natural de toda sociedad, corroborada históricamente, que la reacción frente a los daños sufridos sea garantizada por el ordenamiento jurídico, que se proceda a su reparación como alternativa a la convivencia social. El daño está presente en la vida social y es un presupuesto de su desarrollo, mal podría suponerse, entonces, una sociedad que tuviera como principio la no reparación del daño sufrido: ello implicaría la ruptura del orden social y la aceptación de la posibilidad ilimitada de causar daño. Frente al irremediable advenimiento de los daños, son varias las formas de reacción con que cuenta una organización social: desde considerar que la víctima tiene que soportarlo sola, hasta aplicar mecanismos sociales de solidaridad y aun de asistencia que le ayuden frente a su infortunio. Estos extremos de qué hacer frente al daño se conjugan en la vida social y la preponderancia de uno u otro factor será muestra de la cultura y el nivel de desarrollo. Dentro de las múltiples opciones que tienen las sociedades para hacer frente a los daños interesa en este escrito, entonces, la que se desarrolla a través del litigio de responsabilidad civil, porque centra jurídicamente el concepto. Se trata, en efecto, de averiguar cuando el daño sufrido por una persona debe ser resarcido a la culminación de un proceso judicial o preventivamente por un medio de conciliación. Lo cierto es que el daño en el proceso de responsabilidad civil siempre será uno, esto es, el sufrido en efecto por la víctima, y por ello el que a raíz de la compensación ella quede eventualmente en mejor situación económica respecto de la que tenía con anterioridad es un aspecto que no influye en la determinación de la merma patrimonial sufrida. Debemos, por tanto, interrogarnos sobre el papel que cumple el proceso de esponsabilidad. El daño puede y debe aislarse del estudio del conjunto de la responsabilidad y su punto de partida, a la vez que su función: el daño y su resarcimiento, para lograr así centrar el objeto del presente trabajo. Sentadas las premisas básicas anteriores, el tema se desarrollará en dos partes: primero, partiré de las definiciones de Responsabilidad contractual y extracontractual, exponiendo sus tesis y diferencias para finalmente centrarme en la responsabilidad del Estado indicando sus fuentes y elementos. La segunda parte, tema principal de este trabajo, se la dedicaré a analizar el daño, sus características, los elementos necesarios para que se pueda predicar que el daño existe, esto es, que sea cierto y personal; se examinará la tipología del daño y finalmente, haré referencia a los perjuicios materiales e inmateriales incluyendo dentro de estos últimos el daño fisiológico. |
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