El proceso verbal disciplinario

La potestad disciplinaria del Estado se materializa a través del proceso disciplinario, dentro del cual se juzga y sanciona a los servidores públicos y a los particulares que transitoriamente ejerzan funciones públicas, cuando unos u otros incurran en faltas establecidas en la ley, ya sea por acción...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2001
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/21279
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21279
Palabra clave:
Proceso verbal disciplinario
Ritualidad verbal disciplinaria
Derecho constitucional & administrativo
Derecho administrativo::Colombia
Procedimiento administrativo
Proceso disciplinario::Colombia
Derecho administrativo
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Summary:La potestad disciplinaria del Estado se materializa a través del proceso disciplinario, dentro del cual se juzga y sanciona a los servidores públicos y a los particulares que transitoriamente ejerzan funciones públicas, cuando unos u otros incurran en faltas establecidas en la ley, ya sea por acción, por omisión o por extralimitación de funciones. Teleológicamente el proceso disciplinario tiene por objeto lograr los fines y funciones del Estado, dentro de un marco garantista para el procesado, en el cual se cumplan los principios constitucionales del debido proceso a que alude el artículo 29 de la Constitución y los que la misma normatividad disciplinaria contempla, tales como la presunción de la inocencia, el reconocimiento de la dignidad humana, la gratuidad, la inmutabilidad de la cosa juzgada, la igualdad ante la ley, la resolución de duda en favor del disciplinado, el principio universal de la doble instancia y el no menos importante de la celeridad. Los dos últimos principios mencionados - el de la doble instancia y el de la celeridad -, serán motivo de análisis en este trabajo, dirigido a indicar algunas vicisitudes del proceso verbal disciplinario, ritual que las entidades públicas aplican apenas marginalmente, mientras tramitan la mayoría de los procesos que se adelantan en los Entes Administrativos, por el procedimiento ordinario, circunstancia que hace que en no pocos casos no se llegue a terminar en fallo, pues el fenómeno jurídico de la prescripción los interrumpe antes de poder proferir el acto administrativo de rigor, ya para condenar, o para absolver.