Should We See the Masculine Everywhere? Feminist Theories to the Test of the Law of Peace and International Security

En un artículo fundador que apareció en 1991 intitulado «Feminist Approaches to International Law», Hillary Charlesworth, Christine Chinkin y Shelley Wright denuncian el derecho internacional como un «thoroughly gendered system». Estas autoras estiman, en efecto, que la dominación masculina se puede...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
fra
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/15640
Acceso en línea:
http://repository.urosario.edu.co/handle/10336/15640
Palabra clave:
Résolution 1325
Resolución 1325
Feminismo
Feminisme
Droit de la paix et de la sécurité internationale - Domination masculine
derecho de la paz y de la seguridad internacional
dominación masculina.
Feminism
Resolution 1325
Law of Peace and International Security
male domination.
resolução 1325
direito da paz e da segurança internacional
Feminismo
dominação masculina.
Rights
License
Copyright (c) 2016 ACDI - Anuario Colombiano de Derecho Internacional
Description
Summary:En un artículo fundador que apareció en 1991 intitulado «Feminist Approaches to International Law», Hillary Charlesworth, Christine Chinkin y Shelley Wright denuncian el derecho internacional como un «thoroughly gendered system». Estas autoras estiman, en efecto, que la dominación masculina se puede identificar tanto en el contenido como en la estructura de toda una serie de reglas del derecho internacional. El presente artículo busca establecer una evaluación de esta hipótesis con relación a los discursos y a la reglas del derecho de la paz y de la seguridad internacional. En el análisis, y especialmente con relación a la Resolución 1325 de 2000 y lo que ha sucedido con posterioridad con las teorías feministas, aparecen estas como un motor de cambio en la retórica, pero también, en el largo plazo, en la práctica. En contraposición, estas teorías muestran ciertos límites cuando pretenden denunciar, más allá de la violación de los derechos individuales de la mujer, la ‘masculinidad’ de las reglas que constituyen el jus contra bellum.