La responsabilidad del Estado por error judicial en laudos arbitrales

En este análisis se pretende revisar la responsabilidad que le pueda asistir al Estado por el error de los árbitros en el laudo arbitral. Esto es, si se trata de una imputación atribuible a la luz de la Ley 270 de 1996 o si, por el contrario, se circunscribe a una responsabilidad de tipo extracontra...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/37602
Acceso en línea:
https://doi.org/10.48713/10336_37602
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/37602
Palabra clave:
Responsabilidad patrimonial del Estado
Ley Estatutaria de Administración Judicial
Error judicial
Hecho del juez
Hecho del árbitro
Arbitraje
Error del árbitro
Imputación
Contrato de arbitraje
Derecho internacional
Patrimonial responsibility of the State
Statutory Law of Judicial Administration
Judicial error
Act of the judge
Act of the arbitrator
Arbitration
Error of the arbitrator
Imputation
Arbitration contract
Rights
License
Abierto (Texto Completo)
Description
Summary:En este análisis se pretende revisar la responsabilidad que le pueda asistir al Estado por el error de los árbitros en el laudo arbitral. Esto es, si se trata de una imputación atribuible a la luz de la Ley 270 de 1996 o si, por el contrario, se circunscribe a una responsabilidad de tipo extracontractual directa o contractual de los árbitros. Este cuestionamiento se esta desarrollando por la jurisprudencia y la doctrina, dado el interés que surge de establecer al árbitro como un agente equiparable o no a un juez y, a partir de ello, determinar sus cargas y responsabilidades. En particular, si de la interpretación de la habilitación a particulares de ejercer transitoriamente la función de impartir justicia establecida en el artículo 116 de la Constitución Política, se sigue una atribución fáctica y normativa de responsabilidad al Estado. Por tanto, no existe consenso sobre la responsabilidad que pueda asistir por el error fáctico o de derecho en el que incurre un árbitro en el laudo arbitral y a quién es atribuible.