Propuesta de algoritmo para canalización de pacientes ATEP en una IPS

El modelo del Estado sobre Seguridad Social en Salud plasmado en la Ley 100 de 1993 dividió las responsabilidades del sector en tres grandes grupos administrativos, siendo ellos la Empresas Promotoras de Salud ( E.P.S.), las Administradoras de Riesgos Profesionales ( A.R.P.) y las Administradoras de...

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Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
1999
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/21569
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21569
Palabra clave:
Ley 100 de 1993
Entidades promotoras de salud
Institutos prestadores de salud
Sistema general de riesgos laborales
Seguros
Promoción de salud
Administradora de riesgos profesionales. ARP
Empresas Promotoras de Salud
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
Seguridad social::Colombia
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Summary:El modelo del Estado sobre Seguridad Social en Salud plasmado en la Ley 100 de 1993 dividió las responsabilidades del sector en tres grandes grupos administrativos, siendo ellos la Empresas Promotoras de Salud ( E.P.S.), las Administradoras de Riesgos Profesionales ( A.R.P.) y las Administradoras de Pensiones y Cesantías, debiendo cada una de ellas cumplir los principios de integralidad , unidad, universalidad, eficiencia y solidaridad. Sin embargo la reglamentación ha sido lenta y aún no contempla todos los principios enmarcados en la ley. El estado actual de las normas teóricas en el campo de las Salud Ocupacional adolece de un completo desarrollo, esta es una de las razones por las cuales las E.P.S. y las A.R.P. no han creado en su interior mecanismos sencillos , oportunos y ágiles que fortalezcan la integralidad y unificación del sistema. La responsabilidad asistencial y económica de las A.R.P. es transferida a las E.P.S. e I.P.S., representando para estas últimas un importante impacto económico que no ha sido dimensionalizado en su totalidad. El impacto económico y asistencial no solamente repercute sobre las E.P.S. e I.P.S., sino también en el ámbito económico de las empresas afiliadas al sistema, puesto que el desconocimiento sobre las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo existentes en cada una de las organizaciones impide que los empresarios inicien programas de Salud Ocupacional encaminados a disminuir los factores de riesgo presentes y a mejorar así la productividad de la empresa.