The Recognition of 'Indigenous Justice' as an Agent of the Claims of Indigenous Peoples within the Framework of Legal Pluralism

El objetivo de este artículo es analizar la justicia indígena como un elemento activo en la reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas, a través de la histo- ria en el marco constitucional, reconociendo su impacto en el derecho internacional. Cabe destacar que este artículo pretende enf...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
eng
por
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/29261
Acceso en línea:
https://doi.org/10.12804/revistas.urosario.edu.co/anidip/a.7162
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/29261
Palabra clave:
pueblos indígenas
justicia indígena
pluralismo jurídico
plurinacionalidad
multiculturalidad
libre determinación
territorialidad
Indigenous peoples
indigenous justice
legal pluralism
plurinationality
multiculturalism
self-determination and self-government
indigenous territoriality
povos indígenas
pluralismo jurídico
plurinacionalidade
multiculturalidade
territorialidade
justiça indígena
livre determinação
Rights
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Abierto (Texto Completo)
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Summary:El objetivo de este artículo es analizar la justicia indígena como un elemento activo en la reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas, a través de la histo- ria en el marco constitucional, reconociendo su impacto en el derecho internacional. Cabe destacar que este artículo pretende enfocar a la justicia indígena como un prin- cipio aplicable a las distintas esferas en las que se desarrollan actualmente los pueblos y las comunidades indígenas, y no únicamente como un valor absoluto relacionado a la facultad de administrar justicia por parte de líderes indígenas. De este modo, es importante establecer que la justicia indígena no responde a una formula única y exacta, sino que existen cientos de justicias indígenas en el continente americano, que resurgen con el inicio del pluralismo jurídico, en contraposición al modelo de Estado monista.