Las acciones populares

Las Acciones Populares no son de creación reciente pues disposiciones tan antiguas como el Código Civil Colombiano la consagraron en el artículo 1005 y 2359, pero esta acción fue inutilizada y solamente se aplicó en casos excepcionales, siendo así desaprovechada la oportunidad de una protección judi...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2001
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/21084
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/21084
Palabra clave:
Acciones populares
Derecho procesal administrativo
Aplicación de las normas jurídicas
Protección de los derechos colectivos
Derecho constitucional & administrativo
Acciones populares
Ley 472 de 1999
Acciones populares::Legislación
Derecho administrativo::Colombia
Rights
License
Bloqueado (Texto referencial)
Description
Summary:Las Acciones Populares no son de creación reciente pues disposiciones tan antiguas como el Código Civil Colombiano la consagraron en el artículo 1005 y 2359, pero esta acción fue inutilizada y solamente se aplicó en casos excepcionales, siendo así desaprovechada la oportunidad de una protección judicial para los derechos colectivos desde el siglo pasado. Otras disposiciones también la consagraban como es el caso del Decreto 3466 de 1982, la Ley 9 de 1989, la Ley 45 de 1990 etc, pero únicamente para casos específicos. Como podemos ver las Acciones Populares tenían consagración de carácter legal y reglamentario y sólo a partir de la Carta Política de 19911, se elevó a rango constitucional con la finalidad de defender los derechos e intereses colectivos. Pero a pesar de haber sido consagrada desde 1991 sólo hasta 1998 fue reglamentada por Congreso de la República mediante la ley 472 “Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las Acciones Populares y de Grupo y se dictan otras disposiciones”. El presente trabajo comprenderá ocho fases primordiales: en la primera se analizará la evolución normativa y reglamentaria de las Acciones Populares, la segunda y tercera tratarán la definición y los fines perseguidos con el ejercicio de esta acción, la cuarta hará referencia al objeto de la acción, es decir, los derechos e intereses colectivos haciendo énfasis en el tratamiento jurisprudencial, la tres siguientes fases harán referencia a los presupuestos de la acción, la demanda y el procedimiento, y la fase final se referirá a las principales diferencias que se encuentran con acciones como la tutela, de cumplimiento y de grupo.