El control material de la acusación: El paso hacia un verdadero modelo acusatorio

Este trabajo de investigación es el resultado de una serie de inquietudes que se hicieron presentes a lo largo de mi proceso de formación como abogado, que me llevaron a indagar sobre la problemática que se ha venido generando en estos últimos tiempos, en donde la justicia ha venido siendo seriament...

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Autores:
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2024
Institución:
Universidad del Rosario
Repositorio:
Repositorio EdocUR - U. Rosario
Idioma:
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OAI Identifier:
oai:repository.urosario.edu.co:10336/42760
Acceso en línea:
https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/42760
Palabra clave:
Sistema penal acusatorio
Control material de la acusación
Formulación de acusación
Inferencia razonable
Hechos jurídicamente relevantes
Accusatory criminal system
Material control of the indictment
Indictment
Reasonable inference
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spelling Fajardo Vanegas, Juan Sebastianba85704a-b05e-4324-a74a-15baed64005e-1Grupo de Investigación de Derecho PenalBeltrán Beltrán, Sergio AndrésAbogadoAbogadoPregradoFull time01862145-3a66-44fc-aaac-ea7cf3430f78-12024-06-07T16:44:53Z2024-06-07T16:44:53Z2024-05-27Este trabajo de investigación es el resultado de una serie de inquietudes que se hicieron presentes a lo largo de mi proceso de formación como abogado, que me llevaron a indagar sobre la problemática que se ha venido generando en estos últimos tiempos, en donde la justicia ha venido siendo seriamente cuestionada desde diferentes sectores: la sociedad, la academia y las propias instituciones. En ese sin número de críticas presentes, el tema del Sistema Penal Acusatorio en Colombia es considerado parte fundamental de la problemática inherente a la efectivad del aparato de justicia hoy, toda vez que en el proceso de formulación, discusión e implementación de la Ley 906 de 2004, pareciera ser que se minimizó la importancia o se pasó por alto el hecho de realizar un control de legalidad sobre la facultad que tiene el Estado de acusar a un ciudadano cuando este ha cometido una conducta que presuntamente reviste las características de delito, máxime cuando estamos en presencia de un Estado Social de Derecho, el cual debe garantizar la protección de derechos fundamentales inherentes al ser humano. El sistema acusatorio se presentó como una respuesta innovadora al viejo modelo inquisitivo mixto, el cual de cierta manera restringía las garantías de los sujetos que intervenían en el proceso penal. Infortunadamente su funcionamiento en este tiempo ha puesto en evidencia un conjunto de vacíos que terminaron yendo en contravía de las motivaciones con las cuales se promulgó dicha Ley, en la medida en que no se tuvieron en cuenta aspectos tan importantes como la inclusión de una serie de normas orientadas a lograr el enlace de las fases estructurales del proceso, con la denominada etapa intermedia de la acusación, ubicada, como es apenas lógico, entre la investigación y el juicio. Dicha etapa se encuentra destinada a realizar un control material de la acusación y que tendría como resultado la implementación de un verdadero filtro que depure y garantice que los procesos penales que se adelantan estén debidamente fundamentados y estructurados. Se permitirá garantizar que una acusación no carezca de una imputación fáctica concreta, que tampoco desborde el marco fáctico de la imputación, o que no se acuse cuando hay un hecho manifiestamente atípico.This research work is the result of a series of concerns that became present throughout my training process as a lawyer, which led me to inquire about the problems that have been generated in recent times, where justice has been seriously questioned from different sectors: society, academy and the institutions themselves. In this endless number of criticisms, the issue of the adversarial criminal system in Colombia is considered a fundamental part of the problems inherent to the effectiveness of the justice system today, since in the process of formulation, discussion and implementation of Law 906 of 2004, it would seem that it was minimized, it seems that the importance was minimized or overlooked the fact of carrying out a control of legality on the power of the State to accuse a citizen when he has committed a conduct that allegedly has the characteristics of a crime, especially when we are in the presence of a Social State of Law, which must guarantee the protection of fundamental rights inherent to the human being. The accusatory system was presented as an innovative response to the old mixed inquisitorial model, which in a certain way restricted the guarantees of the subjects involved in the criminal process. Unfortunately, its operation during this time has revealed a set of gaps that ended up going against the motivations with which the Law was enacted, to the extent that it did not take into account important aspects such as the inclusion of a series of rules aimed at achieving the link between the structural phases of the process, with the so-called "intermediate stage of the accusation", located, as it is logical, between the investigation and the trial. This stage is intended to carry out a material control of the accusation and would result in the implementation of a true filter that purifies and ensures that the criminal proceedings are properly grounded and structured in terms of an accusation that does not lack a specific factual charge, an accusation that does not exceed the factu70 ppapplication/pdfhttps://repository.urosario.edu.co/handle/10336/42760spaUniversidad del RosarioFacultad de JurisprudenciaJurisprudenciaAttribution-ShareAlike 4.0 InternationalAbierto (Texto Completo)EL AUTOR, manifiesta que la obra objeto de la presente autorización es original y la realizó sin violar o usurpar derechos de autor de terceros, por lo tanto la obra es de exclusiva autoría y tiene la titularidad sobre la misma. PARGRAFO: En caso de presentarse cualquier reclamación o acción por parte de un tercero en cuanto a los derechos de autor sobre la obra en cuestión, EL AUTOR, asumirá toda la responsabilidad, y saldrá en defensa de los derechos aquí autorizados; para todos los efectos la universidad actúa como un tercero de buena fe. EL AUTOR, autoriza a LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO, para que en los términos establecidos en la Ley 23 de 1982, Ley 44 de 1993, Decisión andina 351 de 1993, Decreto 460 de 1995 y demás normas generales sobre la materia, utilice y use la obra objeto de la presente autorización. -------------------------------------- POLITICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES. Declaro que autorizo previa y de forma informada el tratamiento de mis datos personales por parte de LA UNIVERSIDAD DEL ROSARIO para fines académicos y en aplicación de convenios con terceros o servicios conexos con actividades propias de la academia, con estricto cumplimiento de los principios de ley. Para el correcto ejercicio de mi derecho de habeas data cuento con la cuenta de correo habeasdata@urosario.edu.co, donde previa identificación podré solicitar la consulta, corrección y supresión de mis datos.http://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2Armenta Deu, T. (1998). Principio acusatorio: realidad y utilización. Lo que es y lo que no. IUS ET VERITAShttps://revistas.pucp.edu.pe/index.php/iusetveritas/article/view/15774Avella, P. (2007). Estructura del Proceso Penal Acusatorio. Fiscalía General de la Nación. Escuela de estudios e investigaciones criminalísticas y ciencias forensesBeccaria, C. (1764). De los delitos y de las Penas. Temis.Bernal Acevedo, G.L (2016). Las Reformas Procesales en Colombia. Revista IUSTA.Binder, A. (2016). La Fase intermedia, Control de la investigación. Instituto de Ciencia Procesal Penal.Chiesa Aponte, L,E. (1995). Derecho Procesal Penal de Puerto Rico y Estados Unidos. Vol 3. Ed. 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