La consideración de valor de los instrumentos negociables, y la causa de las obligaciones
Veintiocho años después de expedida la Ley 46 de 1923 sobre Instrumentos Negociables, y a pesar de que se ha repetido hasta la saciedad que el estatuto cambiario de origen anglosajón es un elemento extraño dentro de nuestra tradición jurídica, ni en la cátedra universitaria, ni en la jurisprudencia,...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 1951
- Institución:
- Universidad del Rosario
- Repositorio:
- Repositorio EdocUR - U. Rosario
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.urosario.edu.co:10336/42369
- Acceso en línea:
- https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/42369
- Palabra clave:
- Derecho
Aspectos jurídicos
Instrumentos negociables
- Rights
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International
Summary: | Veintiocho años después de expedida la Ley 46 de 1923 sobre Instrumentos Negociables, y a pesar de que se ha repetido hasta la saciedad que el estatuto cambiario de origen anglosajón es un elemento extraño dentro de nuestra tradición jurídica, ni en la cátedra universitaria, ni en la jurisprudencia, se ha desarrollado un criterio concreto de interpretación que pueda convertir el derecho cambiario en una entidad con vida propia. |
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