¿La función notarial, un complemento de la función de administración transitoria de justicia del notario?
Dado que el legislador colombiano ve restringido su arbitrio por lo contemplado en la Constitución Política de 1991 en materia de configuración legislativa; más aún cuando se trate de lo dispuesto en al artículo 116º, relativo a las facultades a conferir a los particulares y a los servidores público...
- Autores:
-
Toro Galeano, Ruby Estella
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/7104
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/7104
- Palabra clave:
- Función pública
Acuerdo
Acta
Promotor
Facilitador
Garante
Conciliador
Conciliación
Administración de justicia
Paz social
Seguridad jurídica
Certificador
Autenticador
Documentador
Fedante
Notario
Delegado
Particular
TG 2018 DER 7104
- Rights
- closedAccess
- License
- Atribución – No comercial
Summary: | Dado que el legislador colombiano ve restringido su arbitrio por lo contemplado en la Constitución Política de 1991 en materia de configuración legislativa; más aún cuando se trate de lo dispuesto en al artículo 116º, relativo a las facultades a conferir a los particulares y a los servidores públicos para que aquellos administren justicia de manera permanente o transitoria. La presente investigación considera propicio analizar sí las características de la función notarial son compatibles y complementarias de los condicionamientos impresos a la función de administrar justicia de manera transitoria por parte de los notarios; en vista de las pautas genéricas bajo las cuales opera la conciliación en derecho por virtud de la Ley 446 de 1998 y la Ley 640 de 2001, al igual que los condicionamientos del Decreto 2148 de 1983 para la función notarial. |
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