Pertinencia e idoneidad de los indicios como prueba de la falla médica de los hospitales públicos por adquisición de bacteria nosocomial conforme las sentencias de la sección tercera del Consejo de Estado en los años 2019-2021

La cláusula general de responsabilidad estatal en el marco jurídico colombiano se consagra en el artículo 90 de la Carta Política de Colombia, de cuyo mandato se desprende que para que proceda dicha declaración, es necesario que se corrobore el daño antijurídico y que el mismo sea imputable al Estad...

Full description

Autores:
Blandon Vargas, Lina Marcela
Loaiza Osorio, John Fredy
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/44402
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/44402
Palabra clave:
Responsabilidad estatal
Falla médica
Carga de la prueba
Indicios
Dictamen pericial
Actividad probatoria
TG 2022 DER 44402
State responsibility,
Medical failure
Burden of proof
Clues
Expert opinion
Evidentiary activity
Rights
openAccess
License
Atribución
Description
Summary:La cláusula general de responsabilidad estatal en el marco jurídico colombiano se consagra en el artículo 90 de la Carta Política de Colombia, de cuyo mandato se desprende que para que proceda dicha declaración, es necesario que se corrobore el daño antijurídico y que el mismo sea imputable al Estado por acción u omisión. Dentro del amplio margen de actuación de las entidades públicas, se encuentra la prestación del servicio público de salud, mismo que debe prestarse con eficiencia, integralidad y calidad como se consagra en la Ley 1751 de 2015, por lo que cuando se quebranta el derecho fundamental a la salud y se ocasionan perjuicios derivados de la actividad médica, atención, prestación, la persona puede solicitar la reparación del daño a través de la reparación directa y se denominan falla médica. Conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado, esos casos se estudian bajo el régimen de responsabilidad de la falla probada, donde la parte demandante debe probar la falencia en la administración hospitalaria, situación que por el tecnicismo que la medicina implica, conlleva a que se desplegué una actividad probatoria técnica, con excepciones como cuando se presenta falla por la adquisición de bacterias intrahospitalarias, pues en ese escenario se ha aligerado la carga probatoria permitiendo que se corroboren los hechos mediante los indicios. Sin embargo, en la jurisprudencia del Tribunal Máximo de lo Contencioso Administrativo, tal situación no ha sido clara dado que en algunas sentencias de las analizadas entre 2019 a 2021, se ha indicado que, pese a dicho aligeramiento probatorio, no es suficiente con ello y las pretensiones de la demanda se han negado por no cumplir con la carga de la prueba y puntualmente con la prueba técnica como el dictamen pericial.