Génesis, desarrollo y perspectivas de la aparcería.

Según la ley sexta de 1975, artículo uno, la aparcería es un contrato mediante el cual una parte que se denomina propietario acuerda con otra que se llama aparcero explotar en mutua colaboración un fondo rural o una porción de éste con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que result...

Full description

Autores:
Caicedo Escobar, Eduardo
Universidad Cooperativa de Colombia
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
1986
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/47861
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/47861
Palabra clave:
Colonización
Historia de Colombia
Producción agrícola
Colonization
Colombian history
Agricultural production
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial
Description
Summary:Según la ley sexta de 1975, artículo uno, la aparcería es un contrato mediante el cual una parte que se denomina propietario acuerda con otra que se llama aparcero explotar en mutua colaboración un fondo rural o una porción de éste con el fin de repartirse entre sí los frutos o utilidades que resulten de la explotación. La aparcería no sólo se practicó en España en la época de la conquista como una forma de avanzada de producción que superaba las relaciones serviles, sino que al producirse la extinción de la encomienda se traslada al nuevo mundo como una de las opciones encaminadas a la producción agrícola. En ese momento el propietario era el español o su descendencia y el aparcero la nueva clase campesina, ya que la corona al desprenderse del dominio de las tierras mediante las capitulaciones, composición y venta beneficio en un principio en mayor proporción a los que su nombre conquistaron y colonizaron; posteriormente a quienes con el trabajo ajeno lograron acumular excedentes como ocurrió en el repartimiento a los recaudadores del tributo como la encomienda.