Hacia un nuevo perfil del derecho penal
SI miramos la naturaleza ontológica de la mayoría de delitos, perfectamente podríamos concluir, que éstos no son otra cosa que conflictos interpersonales originados en las mismas relaciones personales y enfrentamiento de intereses de los coasociados: así no difiere en mucho el apoderamiento de una c...
- Autores:
-
Cerón Eraso, Leonardo Efram
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2003
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/47883
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/47883
- Palabra clave:
- Derecho penal
Sistema penal acusatorio
Criminal law
accusatory penal system
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – No comercial
Summary: | SI miramos la naturaleza ontológica de la mayoría de delitos, perfectamente podríamos concluir, que éstos no son otra cosa que conflictos interpersonales originados en las mismas relaciones personales y enfrentamiento de intereses de los coasociados: así no difiere en mucho el apoderamiento de una cosa mueble ajena (hurto) que el apoderamiento de las prestaciones sociales ajenas de un trabajador por parte de su empleador que se niega a pagar lo legalmente debido; o los conflictos de tierras que indistintamente se suelen solucionar por la vía civil o por la penal dependiendo de la estrategia que se plantee por parte del afectado. Por esto la criminología crítica, con bastante razón ha dicho que el delito, antes que una identidad natural es una construcción política, originada por el poder de definición que tiene la clase social que detenta el poder y es, en últimas, quien determina que es lo "bueno" y que es lo "malo" de acuerdo con su propia perspectiva de valores e intereses. Ahora bien, si hemos de concluir que todos los delitos con víctimas concretas son un conflicto interpersonal de intereses contrapuestos, lo obvio es que los implicados -agresor y agredido- lo solucionen o, por lo menos, tengan injerencia directa en el proceso que se adelanta para dirimir la situación problemática. Esto que resulta obvio, fue una realidad en las épocas primitivas cuando el método de solución eran las venganzas (primero personales y luego de clanes), posteriormente la Ley del Talión, para llegar por último a las compensaciones, primero privadas y después judiciales. |
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