Inconvencionalidad de la potestad disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación para restringir derechos políticos
Existen diferentes decisiones judiciales y tesis de la doctrina respecto de un mismo problema jurídico, consistente en determinar si la Procuraduría General de la Nación (en adelante PGN) tiene competencia para sancionar disciplinariamente con destitución e inhabilidad a los servidores públicos elec...
- Autores:
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León Suarez, John Jairo
Sierra Cotes, Jaime Alberto
Torres Camejo, Andrea Carolina
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/35933
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/35933
- Palabra clave:
- Servidor público
Empleado público de elección popular
Miembro de corporaciones públicas
Derechos políticos
Sanción disciplinaria
Destitución e inhabilidad
Código General Disciplinario
Código Disciplinario Único
Procuraduría General de la Nación (en adelante PGN)
Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante CADH)
Corte Interamericana de Derechos Humanos (en Corte IDH)
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
TG 2021 DER 35933
Public servant
Public employee of popular election
member of public corporations
Political rights
Disciplinary sanction
Dismissal and incapacity
General Disciplinary Code
Unique Disciplinary Code
Attorney General of the Nation (hereinafter PGN)
American Convention on Human Rights (hereinafter CADH)
Inter-American Court of Human Rights (hereinafter Court IDH)
Jurisdiction of Contentious-Administrative Matters.
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – Sin Derivar
Summary: | Existen diferentes decisiones judiciales y tesis de la doctrina respecto de un mismo problema jurídico, consistente en determinar si la Procuraduría General de la Nación (en adelante PGN) tiene competencia para sancionar disciplinariamente con destitución e inhabilidad a los servidores públicos electos democráticamente que no gocen de fuero especial, frente a las garantías previstas en el artículo 23.2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos (en adelante CADH). El anterior disenso jurídico fue examinado en la presente investigación, determinándose únicamente la incompatibilidad de las facultades sancionatorias de la PGN con el artículo 23.2 ibidem, por lo que fue menester establecer los ajustes constitucionales y legales que puede adoptar el Estado Colombiano para cumplir con dicho pacto internacional. En primer lugar, se concluyó la necesidad de privar de la potestad sancionatoria a la PGN, adoptar un sistema acusatorio que se adelante ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en la que el referido órgano de control se encargue de la investigación y acusación, y un juez de la república juzgue al servidor público, indistintamente que sea de elección popular. |
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