Razonabilidad de las excepciones a la procedencia de la conciliación contenciosa administrativa
Con fundamento en el planteamiento del tema central de esta investigación y las imposiciones constitucionales demandadas por el Estado Social de Derecho Colombiano, se establecerá y analizará como la conciliación en su acepción prima facie como mecanismo alternativo de solución de conflictos, seguid...
- Autores:
-
Yepes López, María Victoria
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/10538
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/10538
- Palabra clave:
- Libertad de configuración legislativa
Medidas Cautelares
Nadie está obligado a lo imposible
Excepción
Requisito de procedibilidad
Conciliación
Administración de justicia
Derecho contencioso administrativo
TG 2017 DER 10538
- Rights
- closedAccess
- License
- Atribución
Summary: | Con fundamento en el planteamiento del tema central de esta investigación y las imposiciones constitucionales demandadas por el Estado Social de Derecho Colombiano, se establecerá y analizará como la conciliación en su acepción prima facie como mecanismo alternativo de solución de conflictos, seguidamente entendida como requisito sine qua non para demandar en el derecho administrativo, admite la procedencia de excepciones a partir de las cuales se obvia el requisito impuesto a los asuntos conciliables de que conocen algunos medios de control administrativo; partiendo de la base de la libertad dispositiva del legislador para la adaptación de la administración de justicia, en las normas sustanciales y en igual medida las normas que compendian las instituciones jurídico procesales, para llevar a término la aplicación de esta función pública del Estado y derecho fundamental de los particulares. |
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