Capacidad jurídica de las personas con discapacidad en Colombia
La historia de la humanidad se caracteriza por ser la piedra angular sobre la cual se edifican las organizaciones sociales que dan origen al Estado y al derecho. La visión del derecho bajo un enfoque humanista es algo que se ha venido gestando lentamente desde la edad moderna, pues, antes de la apar...
- Autores:
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Melo Muñoz, María Fabiola
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
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- Acceso en línea:
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La historia de la humanidad se caracteriza por ser la piedra angular sobre la cual se edifican las organizaciones sociales que dan origen al Estado y al derecho. La visión del derecho bajo un enfoque humanista es algo que se ha venido gestando lentamente desde la edad moderna, pues, antes de la aparición de Estado liberal, no todo ser humano era considerado persona, solo lo era aquel sujeto que representaba un rol dominante frente al núcleo social que dirigía, siendo el único capaz de ejercer derechos y cumplir obligaciones jurídicas. Hechos como la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución Francesa marcan un hito en la historia del hombre que conduce a la primera generación de derechos humanos que concibe a todo individuo de la especie humana como persona. Sin embargo, las personas que por carecer de aptitud intelectual no lograban adecuarse al estándar de la normalidad, les estaba vetado actuar en el terreno de lo jurídico, razón suficiente para que en Derecho se crearan instituciones civiles que protegieran su patrimonio. Aquellas instituciones que fueron reproducidas por casi todas las legislaciones modernas de Europa y América Latina, provienen del derecho romano antiguo, reconocido en occidente por ser la fuente de donde surge el derecho civil, y, la legislación colombiana forma parte de esa tradición civilista que con los años ha ido modificándose. El Código Civil colombiano contemplaba la institución de la curaduría para proteger el patrimonio de una persona que por su condición mental no podía dirigirse a sí misma, y la forma para llevar a cabo esa protección fue a través de un proceso de interdicción judicial, el cual, una vez decretado por el juez limitaba su capacidad de ejercicio, nombrando a un curador para que representara al adulto declarado incapaz y cuidara de su persona. Aun cuando el sistema de representación legal del adulto incapaz tenía un propósito proteccionista, el régimen de la curaduría era el más anacrónico del Código Civil, por lo tanto, las normas dejaron de ser objetivas, ocasionando la vulneración de sus derechos fundamentales y de sus intereses económicos, dejando de lado su dignidad como persona y acentuando su discapacidad. |
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Biel Portero, IsraelMelo Muñoz, María Fabiola2024-10-17T13:47:19Z2024-10-17T13:47:19Z2024-02Melo Muñoz, M. F. (2024). Capacidad jurídica de las personas con discapacidad en Colombia [Tesis de posgrado, Universidad Cooperativa de Colombia]. Repositorio Institucional Universidad Cooperativa de Colombia. https://hdl.handle.net/20.500.12494/57270https://hdl.handle.net/20.500.12494/57270La historia de la humanidad se caracteriza por ser la piedra angular sobre la cual se edifican las organizaciones sociales que dan origen al Estado y al derecho. La visión del derecho bajo un enfoque humanista es algo que se ha venido gestando lentamente desde la edad moderna, pues, antes de la aparición de Estado liberal, no todo ser humano era considerado persona, solo lo era aquel sujeto que representaba un rol dominante frente al núcleo social que dirigía, siendo el único capaz de ejercer derechos y cumplir obligaciones jurídicas. Hechos como la Independencia de los Estados Unidos y la Revolución Francesa marcan un hito en la historia del hombre que conduce a la primera generación de derechos humanos que concibe a todo individuo de la especie humana como persona. Sin embargo, las personas que por carecer de aptitud intelectual no lograban adecuarse al estándar de la normalidad, les estaba vetado actuar en el terreno de lo jurídico, razón suficiente para que en Derecho se crearan instituciones civiles que protegieran su patrimonio. Aquellas instituciones que fueron reproducidas por casi todas las legislaciones modernas de Europa y América Latina, provienen del derecho romano antiguo, reconocido en occidente por ser la fuente de donde surge el derecho civil, y, la legislación colombiana forma parte de esa tradición civilista que con los años ha ido modificándose. El Código Civil colombiano contemplaba la institución de la curaduría para proteger el patrimonio de una persona que por su condición mental no podía dirigirse a sí misma, y la forma para llevar a cabo esa protección fue a través de un proceso de interdicción judicial, el cual, una vez decretado por el juez limitaba su capacidad de ejercicio, nombrando a un curador para que representara al adulto declarado incapaz y cuidara de su persona. Aun cuando el sistema de representación legal del adulto incapaz tenía un propósito proteccionista, el régimen de la curaduría era el más anacrónico del Código Civil, por lo tanto, las normas dejaron de ser objetivas, ocasionando la vulneración de sus derechos fundamentales y de sus intereses económicos, dejando de lado su dignidad como persona y acentuando su discapacidad.The history of humanity is characterized by being the cornerstone on which social organizations that give rise to the State and law are built. The vision of law under a humanistic approach is something that has been slowly developing since the modern age, because, before the appearance of the liberal State, not every human being was considered a person, only that subject who played a dominant role in the social nucleus that he directed was, being the only one capable of exercising rights and fulfilling legal obligations. Events such as the Independence of the United States and the French Revolution mark a milestone in the history of man that leads to the first generation of human rights that conceives every individual of the human species as a person. However, people who, due to their lack of intellectual ability, were unable to adapt to the standard of normality, were prohibited from acting in the legal field, sufficient reason for civil institutions to be created in Law to protect their assets. Those institutions that were reproduced by almost all modern legislations in Europe and Latin America come from ancient Roman law, recognized in the West as the source from which civil law arises, and Colombian legislation is part of that civil tradition that has been modified over the years. The Colombian Civil Code contemplated the institution of guardianship to protect the assets of a person who, due to his mental condition, could not direct himself, and the way to carry out this protection was through a process of judicial interdiction, which, once decreed by the judge, limited his capacity to exercise it, appointing a guardian to represent the adult declared incapable and take care of his person. Even though the system of legal representation of the incapable adult had a protectionist purpose, the guardianship regime was the most anachronistic of the Civil Code, therefore, the norms ceased to be objective, causing the violation of his fundamental rights and economic interests, leaving aside his dignity as a person and accentuating his disability.Índice -- Introducción -- Capítulo I. Desarrollo histórico y antecedentes jurídicos de la discapacidad -- 1. Antropología de la persona humana, del Estado y la ley -- 2. La discapacidad en el derecho romano y la institución de la curatela -- 3. La discapacidad en el Código Civil colombiano -- 3.1. Patria potestad y guardas en el derecho colombiano -- 3.2. La capacidad -- 3.3. La interdicción y la representación legal del incapaz -- 4. Incapaces absolutos y relativos -- 4.1. Incapacidad absoluta del demente y del sordomudo -- 4.1.1. El demente -- 4.1.2. El sordomudo -- 4.2. Incapacidad relativa del disipador o pródigo -- 5. Fundamentos constitucionales de la discapacidad -- 6. Pronunciamientos jurisprudenciales sobre los usos del lenguaje en el Código Civil -- 7. Ley 1306 de 2009 -- Capítulo II. La discapacidad: del modelo médico-individual al modelo social -- 1. Modelo de prescindencia -- 2. Modelo médico – individual -- 2.1. Historia -- 2.2. Teorización y características del modelo médico – individual -- 3. Modelo social -- 3.1. Historia -- 3.2. Teorización y características del modelo social -- Capítulo II. Protección de los derechos de las personas con discapacidad en el sistema regional e internacional -- 1. Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad -- 2. Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: un cambio de paradigma -- 3. El ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad visto desde la Convención de las Naciones Unidas -- 3.1. Medidas de apoyo en la toma de decisiones -- 3.2. Observación General Número 1 de las Naciones Unidas respecto al artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad -- Capítulo IV. La importancia de los tratados internacionales de Derechos humanos en el Estado colombiano y su desarrollo Legislativo interno -- 1. Ratificación por Colombia de tratados internacionales de derecho público 2. Bloque de Constitucionalidad -- 3. Ley Estatutaria 1618 de 2013 -- 4. La igualdad de las personas con discapacidad -- 5. Acción afirmativa -- 5.1. Origen y concepto -- 5.2. La acción afirmativa en el plano internacional -- 5.3. Acciones afirmativas y trato preferencial con fundamento en la discapacidad en el territorio colombiano -- 6. Observaciones finales del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad sobre el Informe inicial presentado por Colombia -- Capítulo V. Aplicación en el ámbito nacional del derecho al ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad -- 1. Capacidad legal plena de las personas con discapacidad mayores de edad: Ley 1996 de 2019 -- 1.1. Apoyos 1.2. Apoyos formales -- 1.3. Valoración de apoyos -- 1.4. Principio de autonomía -- 1.4.1. La autonomía en las actuaciones jurídicas de las personas con discapacidad -- 1.5. Principio de la primacía de la voluntad y preferencias de la persona titular del acto Jurídico -- 1.6. ¿Cómo se formalizan los apoyos? -- 1.6.1. Acuerdos de apoyos -- 1.6.1.1. Acuerdos de apoyo por escritura pública ante notario (Art. 16) -- 1.6.1.2. Acuerdos de apoyo ante conciliadores extrajudiciales en derecho (Art. 17) -- 1.6.1.2.1. Acuerdos de apoyo como requisito de validez para la realización del acto jurídico -- 1.6.2. Adjudicación judicial de apoyos -- 1.6.2.1. Adjudicación de apoyos promovida por la persona titular del acto jurídico a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria -- 1.6.2.2. Adjudicación de apoyos promovida por persona distinta al titular del acto jurídico a través del procedimiento verbal sumario -- 1.6.3. Directivas anticipadas -- Conclusiones.Pregrado114 p.application/pdfspaUniversidad Cooperativa de Colombia, Facultad de Ciencias Sociales, Maestría en Derechos Humanos y Gobernanza, PastoMaestría en Derechos Humanos y GobernanzaCiencias SocialesPastoPastohttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/info:eu-repo/semantics/openAccessAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internationalhttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Capacidad jurídica de las personas con discapacidad en ColombiaTrabajo de grado - Maestríahttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1fTextinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttp://purl.org/redcol/resource_type/TPinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionAguado Díaz, A. (1995). 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