Resolución N° 00654 de Supercooperativas

Se presenta la Resolución N° 00654 del 18 de septiembre de 1967 de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, por la cual se dictan disposiciones en materia de cooperativas de la modalidad del transporte público terrestre automotor. Los beneficios o excedentes cooperativos en la sección de transp...

Full description

Autores:
Superintendencia Nacional de Cooperativas
Universidad Cooperativa de Colombia
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
1978
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/47444
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/47444
Palabra clave:
Movimiento cooperativo
Cooperativismo en Colombia
Legislación en cooperativismo
Cooperative movement
Cooperativism in Colombia
Cooperative legislation
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial
Description
Summary:Se presenta la Resolución N° 00654 del 18 de septiembre de 1967 de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, por la cual se dictan disposiciones en materia de cooperativas de la modalidad del transporte público terrestre automotor. Los beneficios o excedentes cooperativos en la sección de transportes se pagarán según el caso, o en proporción a los pasajes pagados durante el año o de fletes pagados por el transporte de la carga en el mismo lapso, en las secciones de consumo industrial, mantenimiento y servicios especiales, se pagarán en proporción a las operaciones del socio durante el año. Cuando por razones de interés social o de conveniencia pública fuere necesario extender los servicios de las secciones de transporte, consumo industrial o mantenimiento al público no cooperado se requerirá previa autorización de la Superintendencia Nacional de Cooperativas.