Fundamentos de derecho para reivindicar la procedencia de la conciliación en el delito de inasistencia alimentaria
El objeto de interés jurídico reposa en analizar como a partir de los artículos 42 y 116 de la Constitución Política de Colombia, se puede desvirtuar la determinación legislativa promovida por el populismo punitivo que plasmado a través de los artículos 01 y 02 de la Ley 1542 de 2012, que en concord...
- Autores:
-
Sánchez Castaño, Edwin Leandro
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/6932
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/6932
- Palabra clave:
- Familia
Intereses
Satisfacción
Conciliador
Conciliación
Auto composición
Restaurar
Justicia
Derecho penal
Inasistencia
Alimentos
Solidaridad
TG 2018 DER 6932
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – No comercial – Compartir igual
Summary: | El objeto de interés jurídico reposa en analizar como a partir de los artículos 42 y 116 de la Constitución Política de Colombia, se puede desvirtuar la determinación legislativa promovida por el populismo punitivo que plasmado a través de los artículos 01 y 02 de la Ley 1542 de 2012, que en concordancia con el artículo 108 de la Ley 1453 de 2011 y el artículo 05 de la Ley 1826 de 2017, hubieran eliminado el carácter querellable del delito de inasistencia alimentaria regulado en el artículo 233 de la Ley 599 de 2000 y así mismo impidieran el agotamiento del requisito de procedibilidad; dando lugar a reincorporar la conciliación como requisito de procedibilidad en el delito de inasistencia alimentaria, por cuanto la naturaleza de las pretensiones que configuran en la teoría del delito a este tipo penal, permiten que la conciliación de que trata el artículo 522 de la Ley 906 de 2004, estimule el acceso de los particulares a la administración de justicia mediante la reparación de las relaciones sociales y afectivas que se vieran deterioradas con la ocurrencia de este ilícito. |
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