Garantías constitucionales para la población desplazada con discapacidad a partir de las recomendaciones de la ONU al artículo 27 convencional

Durante el conflicto armado que ha afrontado Colombia ha dejado innumerables víctimas, dentro del cual encontramos a la población desplazada en condición de discapacidad, esta puede ser previa o consecuencia del mismo desplazamiento e incluso posterior a ello, la cual puede ser física o psicológica....

Full description

Autores:
Balta Lopez, Leidy Tatiana
Caceres Baez, Hilda Nereyda
Carvajal Eregua, Nay Fair
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/16714
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/16714
Palabra clave:
Discapacidad
Victima
Conflicto Armado
Inclusión Social
Desplazamiento Forzado y derechos
TG 2019 DER 16714
Victim
Armed Conflict
labor inclusion
Forced Displacement and rights
Rights
openAccess
License
Atribución – Sin Derivar
Description
Summary:Durante el conflicto armado que ha afrontado Colombia ha dejado innumerables víctimas, dentro del cual encontramos a la población desplazada en condición de discapacidad, esta puede ser previa o consecuencia del mismo desplazamiento e incluso posterior a ello, la cual puede ser física o psicológica. Las diferentes normas e instrumentos internacionales ratificados por Colombia promueven y resguardan los derechos humanos de todas las personas, obligando a los Estados a garantizar y promover la plena realización de todos los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales de todas las personas incluyendo aquellos que padecen algún tipo de discapacidad. En el trabajo se advierte una investigación académica a los diversos contenidos normativos de los derechos de la persona con discapacidad y víctimas del Conflicto Armado. En razón a ello, analizamos las recomendaciones emitidas por el comité de las Naciones Unidas en el año 2016 en su artículo 27 de la Convención, evidenciando que el Estado colombiano ha garantizado a través de sus políticas públicas la inclusión laboral a la población en condición de discapacidad y la priorización cuando estos son víctimas del conflicto armado.