¿El pacto de cumplimiento es un tipo de conciliación judicial?

Sin duda alguna debemos tener en cuenta que el presente trabajo comporta una significativa y trascendental temática. Máxime si tenemos en cuenta que ante la congestión judicial que actualmente impera en el sistema jurídico del país, los mecanismos alternativos de solución de conflictos, se estructur...

Full description

Autores:
Leal Arbeláez, Wilson Leonardo
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/18071
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/18071
Palabra clave:
Pacto de Cumplimiento
Conciliación
Acción Popular
Métodos alternativos de solución de conflictos
TG 2020 PSI 18071
Compliance Pact
Conciliation
Popular Action
Alternative methods of conflict resolution
Rights
openAccess
License
Atribución
Description
Summary:Sin duda alguna debemos tener en cuenta que el presente trabajo comporta una significativa y trascendental temática. Máxime si tenemos en cuenta que ante la congestión judicial que actualmente impera en el sistema jurídico del país, los mecanismos alternativos de solución de conflictos, se estructuran como instrumentos de justicia válidos, que no solo responden a los postulados constitucionales, sino contribuyen efectivamente a solucionar controversias, bajo la resolución pacífica de conflictos. Por cuanto no basta solo con garantizar el acceso a la justicia, sino a la posibilidad de contar con instrumentos agiles o mecanismos de terminación anticipada de procesos. Razón por la cual la audiencia especial de pacto de cumplimiento como mecanismo alternativo de solución de conflictos, se encuentra previamente regulada en el artículo 27 de la Ley 472 de 1998, como instancia procesal que permite al juez escuchar las posiciones de las partes sobre la Acción Popular instaurada y en ella podrá establecerse un acuerdo en el que se determine la forma de protección de los derechos e intereses colectivos y de ser posible, el restablecimiento de las cosas a su estado anterior.