El principio de “Quien contamina paga”. Estudio jurisprudencial de los fundamentos jurídicos desarrollados por la Corte Constitucional desde el 2002 hasta el 2020 para determinar la necesidad de establecer criterios que permitan proteger, prevenir y preservar el medio ambiente
La Constituyente de 1991 introdujo en la Carta Política derechos, deberes, acciones y mecanismos que garantizan la protección de los derechos humanos, además de incorporarse principios del derecho internacional del medio ambiente que garantizan la protección del hombre y la naturaleza. Su reconocimi...
- Autores:
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Hurtado Cuero, Nelly
Culchac Tulcán, William Erney
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2024
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/57130
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/57130
- Palabra clave:
- Principio de prevención
Principio de precaución
Principio de “quien contamina paga”
Constitución Ecológica
Reciprocidad
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
Summary: | La Constituyente de 1991 introdujo en la Carta Política derechos, deberes, acciones y mecanismos que garantizan la protección de los derechos humanos, además de incorporarse principios del derecho internacional del medio ambiente que garantizan la protección del hombre y la naturaleza. Su reconocimiento como bien jurídico de especial protección, y los recursos naturales como sujeto de derechos, ha permitido el desarrollo de un marco normativo encaminado a proteger, prevenir y preservar el medioambiente, así como evitar su daño. Su objeto, además de garantizar el derecho a un ambiente sano, es determinar la responsabilidad de las personas, bien sea naturales o jurídicas, por el daño ocasionado. Principios como el de prevención, precaución y “quien contamina paga”, son principios sobre los que la Corte Constitucional ha concentrado su atención para determinar la responsabilidad por el daño medioambiental, como consecuencia de los recursos que aprovecha el hombre de la naturaleza. |
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