Propuesta reglamentaria para suplir un vacío jurídico de la eutanasia en Colombia.

Este trabajo propone un proyecto normativo o legislativo para la aplicación de la eutanasia que desarrolle este tema en un contexto que se adapte a la realidad del país, a sus costumbres y que no extralimite los márgenes permitidos por la constitución y la legislación actualmente existente. En dicho...

Full description

Autores:
Del Río Franco, Isabel Cristina
Pineda Hoyos, Mayra Ibeth
Yepes Rueda, Astrid Elena
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2010
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/5681
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/5681
Palabra clave:
Eutanasia
Teoría de la disponibilidad
TG 2010 DER 5681
Rights
closedAccess
License
http://purl.org/coar/access_right/c_14cb
Description
Summary:Este trabajo propone un proyecto normativo o legislativo para la aplicación de la eutanasia que desarrolle este tema en un contexto que se adapte a la realidad del país, a sus costumbres y que no extralimite los márgenes permitidos por la constitución y la legislación actualmente existente. En dicho proyecto se encuentra definido el término eutanasia, definición de los sujetos intervinientes, clases o modalidades de aplicación, rango de permisividad, características de la situación adaptable a esta, además de la modificación de los artículos del código penal que van en contravía de dicha disposición. El proyecto se elabora en un formato similar al de una ley emitida por el congreso de la república incluyendo entre sus disposiciones aspectos como la derogación de artículos adversos la publicación de la norma, la vigencia entre otros. Cuenta también en la parte sustancial con la formula requerida en términos médicos para la aplicación de la eutanasia. En el mismo texto se habla sobre el derecho a morir dignamente para lo cual menciona como recomendación incluir en el currículo del médicos y demás personas encargadas del sector salud cursos de ética médica y capacitación para referirse a temas relacionados con la muerte, prepáralos en asistencia a los enfermos terminales y saber cómo comunicarse con los pacientes y con sus familiares y ayudarles a éstos y a los pacientes a controlar la ansiedad y no se limite su labor a salvar la vida o a curar dolencias si no que también sepan lidiar con la idea de pacientes que no tiene cura y que irremediablemente prefieren morir a tolerar intensos padecimientos, toda vez que el fin de la medicina hoy es según el Dr. Joaquín Martínez la conservación y el restablecimiento de la salud; arte de prevenir y de cuidar las enfermedades humanas. Hasta aquí se puede decir que la medicina acumula conocimientos sobre las enfermedades que afectan a los seres humanos con el objetivo de prevenir, curar y cuidar, pero también, Para certificar una muerte o para hacer un peritaje se utilizan los conocimientos médicos aunque esas actividades no sean propiamente objetivos de la medicina. Como tampoco es un fin de la medicina la selección del sexo de los hijos por motivos culturales o la remodelación del cuerpo humano por el dictado de la moda. Es decir, que no todas las actividades de los médicos son objetivos de la medicina aunque utilicen los conocimientos de la medicina. De la misma manera, “cuando llega la muerte se ha de procurar que sea con placidez, sin sufrimiento, y que esta persona esté rodeada de sus seres queridos en un entorno personal y confortable” queriendo significar con ello que aunque el fin de la medicina sea curar se usan los conocimientos de esta en procedimientos tales como los eutanásicos que procuran el bienestar del paciente aun en el momento de morir. En síntesis el proyecto esboza todas las teorías y elementos conceptuales sobre la eutanasia y el derecho a morir dignamente como una condición connatural del ser humano lo que implica que está en la persona misma tomar esta determinación sin la participación de otros autores lo cual conllevaría a un delito tipificado en el código penal y no es este en la estructura final del trabajo el prepósito final del mismo. Se ha tratado en algunas ocasiones este tema en asuntos judiciales en los cuales se han obtenido diversas posiciones del juzgador ya que no existen sentencias con decisiones homogéneas que pueda dar pie a la aplicación de criterios jurisprudenciales anteriores; como es el caso de la sentencia 239 de 1997, en la cual se tomo la decisión de declarar el articulo demandado como exequible mas no por votación unánime ya que las opiniones de los magistrados se hallaron divididas Lo cual permite en muchas ocasiones al operador judicial aplicar criterios subjetivos o limita su decisión a aspectos relacionados muy superficialmente con el tema que se está tratando Y es precisamente esta situación lo que muestra la evidente necesidad de subsanar esta falencia normativa o vacío jurídico.