La conveniencia de la aplicabilidad del decreto 521 de 2010, donde se establece el estímulo monetario a los docentes y directivos docentes que laboran en zonas de difícil acceso
El Gobierno Nacional dispuso en la Ley 715 (2001) que “Los docentes que laboran en áreas rurales de difícil acceso podrán tener estímulos consistentes en bonificación, capacitación y tiempo, entre otros” (Art. 24). De conformidad con lo reglado, para la aplicación de este artículo, el Ministerio de...
- Autores:
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Guarnizo Portela, Maria Paula
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/13826
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/13826
- Palabra clave:
- Decreto 521 del 2010
Estímulo monetario
Docentes y directivos
TG 2018 DER 13826
Monetary stimulus
Teachers and managers
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución
Summary: | El Gobierno Nacional dispuso en la Ley 715 (2001) que “Los docentes que laboran en áreas rurales de difícil acceso podrán tener estímulos consistentes en bonificación, capacitación y tiempo, entre otros” (Art. 24). De conformidad con lo reglado, para la aplicación de este artículo, el Ministerio de Educación Nacional -MEN- expide el Decreto 521 (2010), por el cual se reglamentan parcialmente el inciso 6 del artículo 24 de la ley 715 (2001) y el artículo 2 de la ley 1297 (2009), en lo relacionado con los estímulos para los docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos estatales ubicados en las zonas de difícil acceso. Este decreto fue unificado por el Decreto 1075 (2015), que compila las normas reglamentarias del sector educativo. Sin embargo, la dimensión teórica del mencionado decreto se ve afectada por vacíos de la hermenéutica jurídica del mismo y la no concordancia en la relación entre el derecho, la historia y la realidad social. Es así, como el Decreto no define claramente la manera de interpretar los criterios allí establecidos, para identificar estas zonas, dejando al administrativo la decisión subjetiva de incluir o no una sede educativa en estos beneficios, afectando de modo directo los ingresos y el bienestar de los docentes y directivos docentes que allí laboran o tal vez, permitiendo que se puedan malversar los recursos del Estado, por una interpretación errónea de la jurisprudencia aplicada. |
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