La identidad de género como un nuevo atributo de la personalidad jurídica

La labor de incluir las necesidades de las minorías sociales diferentes a las de las mayorías predominantes, han ocupado la agenda legislativa en los últimos años. Normas sobre inclusión, equidad de género y reconocimiento de la diversidad vienen entrando en vigencia como parte de una estrategia pol...

Full description

Autores:
Cuello Montaño, Jazmin Alexandra
Serpa Perez, Linda Lucia
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/36477
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/36477
Palabra clave:
Personalidad jurídica
Atributos de la personalidad jurídica
Identidad de género
TG 2021 DER 36477
Legal personality
Attributes of legal personality
Sexual identity
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial – Sin Derivar
Description
Summary:La labor de incluir las necesidades de las minorías sociales diferentes a las de las mayorías predominantes, han ocupado la agenda legislativa en los últimos años. Normas sobre inclusión, equidad de género y reconocimiento de la diversidad vienen entrando en vigencia como parte de una estrategia política de creación de una serie de herramientas jurídicas para la promoción y defensa efectiva de los derechos humanos y la lucha contra todas las formas de discriminación, en cumplimiento de los mandatos constitucionales que reconocen y garantizan la dignidad humana como un fin esencial del Estado. A pesar lo anterior, en la caracterización de las personas naturales desde la perspectiva del Código Civil colombiano, no se tuvieron entre sus consideraciones aspectos como la diversidad, la identidad sexual y el enfoque de género para configurar el catálogo de los atributos de la personalidad jurídica. De ahí que en el presente trabajo se aborde el estudio de tales atributos para definir su vigencia a la luz de tendencia moderna que aboga por un tratamiento legislativos de la condición humana a partir del reconociendo de la diferencia, y no, de la estandarización de las conductas que imponen un único estilo de vida como aquel al que pueden garantizársele unos derechos.