Aplicabilidad en el Municipio de Arauca del Principio de Oportunidad consagrado en la Causal No. 13 del Artículo 324 del Código de Procedimiento Penal

El presente trabajo de grado es el resultado de una investigación socio jurídica frente a la aplicabilidad del principio de oportunidad en cabeza de la Fiscalía General de la Nación y su discrecionalidad en el momento de emplearla, es así que se investigó si en el municipio de Arauca es aplicada la...

Full description

Autores:
Anzola Galindez, Maria Fernanda
Baron Ortiz, Marcos Eulises
Sanabria Monsalve, Sandra Johana
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/16176
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/16176
Palabra clave:
Principio de Oportunidad
Discrecionalidad
Sistema penal acusatorio
Justicia
Fiscalía
TG 2019 DER 16176
Principle of opportunity
Discretion
Accusatory criminal system
Justice
Prosecution
Rights
openAccess
License
Atribución
Description
Summary:El presente trabajo de grado es el resultado de una investigación socio jurídica frente a la aplicabilidad del principio de oportunidad en cabeza de la Fiscalía General de la Nación y su discrecionalidad en el momento de emplearla, es así que se investigó si en el municipio de Arauca es aplicada la causal No.13 del artículo 324 del Código de Procedimiento Penal. Se aborda dicho análisis haciendo énfasis en la importancia de la aplicabilidad como componente primordial de la descongestión de justicia, resaltándose la urgencia con la que los fiscales deben realizar estudios minuciosos y capacitaciones para que tal mecanismo pueda ser utilizado y de la misma manera con el administrador de justicia el cual verifica que se cumpla lo establecido en la ley. Así se resalta que no toda conducta típica, antijurídica y culpable debe culminar con una sentencia condenatoria, si no que por el contrario se aplique este mecanismo procesal alternativo, lo cual permite una satisfacción en la sociedad sin afectación alguna a los bienes jurídicamente protegidos.