El Acto Legislativo 01 de 2020 y el desconocimiento de la Finalidad resocializadora de la pena en Colombia
Teniendo en cuenta que el artículo 34 de la Constitución política de 1991, previo al 22 de julio de 2020, estatuía la prohibición de la imposición de la pena de prisión perpetua, así como que el artículo 04 de la Ley 599 de 2000 estipula como fines de la pena “las funciones de prevención general, re...
- Autores:
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Palacios Córdoba , Sirley
Sierra Palacios , Wendy Tatiana
Ramos Cordoba, Leisy Karina
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/49042
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/49042
- Palabra clave:
- Estado social
Dignidad humana
Protección
Resocialización social y reincidencia
TG 2022 DER 49042
Social status
Human dignity
Protection
Social resocialization and recidivism
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – Sin Derivar
Summary: | Teniendo en cuenta que el artículo 34 de la Constitución política de 1991, previo al 22 de julio de 2020, estatuía la prohibición de la imposición de la pena de prisión perpetua, así como que el artículo 04 de la Ley 599 de 2000 estipula como fines de la pena “las funciones de prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado”; se hizo necesario analizar si la reforma constitucional de que trata el Acto Legislativo 01 de 2020 por medio del cual se modifica el artículo 34 de la Constitución política de 1991, para permitir la imposición de la pena de prisión perpetua en los casos dónde “un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir” (Acto Legislativo 01, 2020). |
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