Medidas cautelares innominadas en derecho administrativo
El normativismo positivo, ha llevado a la desconfianza escrituraría del legislador a tener que denominar y asignar taxativamente todo tipo de medidas que afecten derechos de las personas. Las medidas cautelares innominadas surgen con ocasión de una nueva ideología y paradigma constitucional que prop...
- Autores:
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Negrete Doria, Eduard Felipe
- Tipo de recurso:
- Book
- Fecha de publicación:
- 2016
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/1481
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/1481
- Palabra clave:
- Medidas cautelares
Bases doctrinales
Bases convencionales
Bases jurisprudenciales
Bases legales
Bases constitucionales
- Rights
- closedAccess
- License
- Licencia CC
Summary: | El normativismo positivo, ha llevado a la desconfianza escrituraría del legislador a tener que denominar y asignar taxativamente todo tipo de medidas que afecten derechos de las personas. Las medidas cautelares innominadas surgen con ocasión de una nueva ideología y paradigma constitucional que propone la sustancialización del derecho constitucional como fin y la procesalización de las diferentes ramas del derecho como medio. Ante esta postura, delimitar fronteras por medio de precedentes , prinicipios y reglas es suficiente en un Estado social de Derecho cuando el operador judicial sabe su oficio y aplica sus reglas, sin embargo a pesar de ello, siguen existiendo dudas frente a situaciones no precisadas en el derecho ya que impera aún la exegesis y con una filosofía conservadora se impide fácilmente abrir espacios a la realidad frente a la forma. El derecho administrativo que en otrora era eminentemente rogado ha tenido que modificar su enfoque epistemológico jurisprudencial y adaptarlos a las formas de la fuentes constitucionales actuales, posibilitando el ejercicio de medidas cautelares innominadas por l gran cantidad de eventualidades imposibles de registrar por parte del legislador , además porque no es necesario registrar rígidamente los instrumentos procesales sino que se necesita hacer efectivo los derechos sustanciales de las personas por medio de formas eficaces tales como las medidas cautelares nominadas e innominadas las que pueden coexistir en un mismo proceso siempre que concurran ciertos requisitos como la apariencia de buen derecho (fomus bonis iuris) la urgencia (pericumlum in mora) y la ponderación de intereses de conflicto que deben ser previamente justificados y soportados mediante pruebas que le den convencimiento al juez de los efectos nocivos de una inactividad de parte |
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