Conciliación tributaria en contraposición a la administración de justicia

Si bien el ordenamiento jurídico colombiano ha habilitado temporalmente el uso del instrumento conciliatorio para acompañar reformas en el ámbito tributario, tal facultad es extraordinaria y discrecionalmente aplicable por el legislador; de manera que se demostrará como los fines, valores y principi...

Full description

Autores:
Vélez Díaz, Olga Judith
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/10545
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/10545
Palabra clave:
Administración pública
Inviabilidad
Conciliación
Mecanismo alternativo de solución de conflictos
Administración de justicia
Tributo
Derecho tributario
TG 2017 DER 10545
Rights
closedAccess
License
Atribución
Description
Summary:Si bien el ordenamiento jurídico colombiano ha habilitado temporalmente el uso del instrumento conciliatorio para acompañar reformas en el ámbito tributario, tal facultad es extraordinaria y discrecionalmente aplicable por el legislador; de manera que se demostrará como los fines, valores y principios del ordenamiento jurídico colombiano, impiden la introducción permanente de este mecanismo alternativo de solución de conflictos para la transacción, desistimiento, renuncia o negociación de los gravámenes impuestos a los particulares; debido a la posibilidad que se habilitaría para la defraudación del erario público, lo que ocasionaría el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la administración pública. Para dar sustento a esta aseveración, se recurrirá al conjunto de preceptos normativos, constitucionales, jurisprudenciales y doctrinales en torno a los cuales se entablaron los pronunciamientos analíticos que dan cuenta de la importancia de mantener incólume dicha restricción.