Validez de la prueba testimonial del médico de urgencias en las ocurrencias en un accidente de tránsito, ley 1438 del 2011 art. 143

En el siguiente trabajo, se presenta un análisis del contenido del artículo 143 de la ley 1438 de 2011, en el cual se le determina al Médico de urgencias la facultad de certificar la ocurrencia de los accidentes, mediante la verificación de las lesiones sufridas por los lesionados que lleguen a su c...

Full description

Autores:
Sandoval Renjifo, Miguel Angel
Stacey Marin, Jhon Henry
Villa Ramos, Edwin Alexander
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/46308
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/46308
Palabra clave:
Accidente de tránsito
Prueba
SOAT
Debido proceso
Valoración médica
Vontroversia
TG 2022 DER 46308
Traffic accident
Test
SOAT
Due process
Medical assessment
Controversy
Rights
openAccess
License
Atribución – No comercial – Sin Derivar
Description
Summary:En el siguiente trabajo, se presenta un análisis del contenido del artículo 143 de la ley 1438 de 2011, en el cual se le determina al Médico de urgencias la facultad de certificar la ocurrencia de los accidentes, mediante la verificación de las lesiones sufridas por los lesionados que lleguen a su consulta, esto puede significar, que él médico, no requiere, elementos de valor probatorio, para determinar los elementos que hacen parte del accidente; además. Lo que podría considerarse lógico pues el rango de acción del médico no es jurídico, él solo podrá dar fe, bajo su código ético de lo que evidencia en el momento de la atención al accidente