Impactos generados en el proceso de verificación y revisión del nuevo marco técnico normativo para pymes caso Americana de Llantas S.A.S.
Colombia entra en un proceso de adopción hacia Normas Internacionales de Información Financiera; debido a esto, en julio del año 2009 el Gobierno Nacional aprobó la Ley 1314, por medio de la cual, las empresas del país entran en convergencia con los estándares internacionales de contabilidad e infor...
- Autores:
-
Murillo Varela, Keyla Johanna
Rueda García, Dayanna Marcela
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/10819
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/10819
- Palabra clave:
- Verificación
Impacto
Implementación
NIIF
Pymes
Normas de auditoría
Auditoría-Estandares
Contabilidad comercial
Verification
Impact
Implementation
IFRS
SMEs
Negocios pequeños
Pequeña empresa
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – No comercial – Sin Derivar
Summary: | Colombia entra en un proceso de adopción hacia Normas Internacionales de Información Financiera; debido a esto, en julio del año 2009 el Gobierno Nacional aprobó la Ley 1314, por medio de la cual, las empresas del país entran en convergencia con los estándares internacionales de contabilidad e información financiera a partir del año 2014. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) dispone que las normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información sean aplicadas en tres (3) grupos diferentes, para quienes se exigirá la aplicación de las NIIF plenas o NIIF pymes en unas fechas específicas. En este caso se procederá a realizar la verificación y medir los impactos en la implementación de AMERICANA DE LLANTAS S.A.S., la cual hace parte del grupo 2, según características definidas por el CTCP las cuales son: a) Entidades con activos superiores a 30.000 SMMLV o planta de personal con más de 200 empleados y que no cumple con los requisitos del literal (c) del grupo 1. b) Entidades con activos totales entre 500 y 30.000 SMMLV o que tengan entre 11 y 200 empleados y que no sean emisores de valores ni entidades de interés público; y c) Microempresas con activos de no más de 500 SMMLV o 10 empleados y cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a 6.000 SMMLV. Dichos ingresos brutos son los ingresos correspondientes al año gravable inmediatamente anterior al periodo sobre el que se informa. |
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