Consagración constitucional del artículo 29, del debido proceso en Colombia, y la aplicación que se debe ejercer en derecho penal, bajo el influjo del procedimiento
El debido proceso se considera como el conjunto de garantías judiciales, en el procedimiento y etapas que contiene el proceso penal, y que en su defecto se deben garantizar a los intervinientes del proceso, en especial a quien es objeto de investigación o juzgamiento, por la presunta comisión de una...
- Autores:
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Llantén Quintero, Laura Elena
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/34354
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/34354
- Palabra clave:
- Debido Proceso
Derecho Fundamental
Principios
Garantías
Constitución Política
Sistema Penal Acusatorio
Código de Procedimiento Penal
TG 2021 DER 34354
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – No comercial – Compartir igual
Summary: | El debido proceso se considera como el conjunto de garantías judiciales, en el procedimiento y etapas que contiene el proceso penal, y que en su defecto se deben garantizar a los intervinientes del proceso, en especial a quien es objeto de investigación o juzgamiento, por la presunta comisión de una conducta punible tipificada en el Código Penal. El debido proceso en Colombia, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política de 1991, como derecho fundamental y a su vez en materia penal, plasmado en la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal, donde se incluye como parte de los principios y garantías procesales, se convierte en la columna vertebral del Proceso Penal, en consideración a que si el operador judicial, no lo protege de forma adecuada, será causal de nulidades, por ocasión de vulneración de derechos fundamentales al procesado. En consecuencia, se considera que la Ley 906 de 2004, con el propósito de ser constitucional, debe consagrar y desarrollar cada uno de los derechos fundamentales y por consiguiente velar por el desarrollo de los principios de libertad, imparcialidad, igualdad, defensa, presunción de inocencia, acceso a la administración de justicia y publicidad, como parte del cumplimiento de las garantías judiciales consagradas en instrumentos nacionales e internacionales. |
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