La validez jurídica de los documentos electrónicos y de las firmas digitales
Introducción. -- 1. Información general del proyecto. -- 2. Descripción del proyecto. -- 2.1. Planteamiento del problema. -- 3. Objetivos. -- 4. Marco teórico. -- 4.1. Referentes teóricos. -- 4.2. Antecedentes. -- 4.2.1. Organización mundial del comercio. -- 4.2.1.2. Decreto 2328 de 1982. -- 4.2.1.3...
- Autores:
-
Duque Franco, Sandra Liliana
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2005
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/4358
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/4358
- Palabra clave:
- Validez (derecho)
Documentos electrónicos
Firmas digitales
Decreto 2150 de 1995
Decreto 266 de 2000
Comercio electrónico
Seguridad informática
TG 2005 DER 4358
- Rights
- closedAccess
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_14cb
Summary: | Introducción. -- 1. Información general del proyecto. -- 2. Descripción del proyecto. -- 2.1. Planteamiento del problema. -- 3. Objetivos. -- 4. Marco teórico. -- 4.1. Referentes teóricos. -- 4.2. Antecedentes. -- 4.2.1. Organización mundial del comercio. -- 4.2.1.2. Decreto 2328 de 1982. -- 4.2.1.3. Decreto 148 de 1984. -- 4. 2.1.4. Decreto 2150 de 1995. -- 4.2.1.5. Decreto 266 de 2000. -- 4.2.1. 6. Ley 527 de 1999. -- 5. Metodología propuesta. -- 5.1. Definiciones. -- 5.1.1. Mensaje de datos. -- 5. 1.2. Electronic data interchange (edi). -- 5. 1.3. Iniciador. -- 5.1.4. Destinatario. -- 5.1.5. Sistema de información. -- 5.1.6. Mensaje de datos. -- 5.1.7. Comercio electrónico. -- 5.1.8. Firma digital. -- 5.1.9. Entidad de certificación. -- 5.1. 10. Intercambio electrónico de datos. -- 5.1.11. Sistema de información. -- 5. 2. Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos. -- 5.2.1. Prueba documentaría. -- 5.2.2. ¿Qué es el documento electrónico?. -- 5.3. Requisitos jurídicos de los mensajes de datos. -- 5.3.1. Escrito. -- 5.3.2. Firma. -- 5.3.3. Original. -- 5.3.4. Integridad. -- 5.4. Fuerza probatoria. -- 5.5. Valor probatorio. -- 5.6. Conservación. -- 5.7. Comunicación. -- 5.8. Atribuciones. -- 5.9. Presunción de origen. -- 5.10. Mensaje enviado = mensaje recibido. -- 5.11. Firmas digitales. -- 5.12 Atributos de la forma digital. -- 5.13. Única. -- 5.14 Susceptible de verificación. -- 5.15 Control exclusivo del usuario. -- 5.16 Vinculación a la información. -- 5.17. Sometida a reglamentación. -- 5.18. Uso de la firma digital. -- 5.18.1 El cliente. -- 5.18.2. El comerciante. -- 5.18. 3 El banco. -- 5.18. 4. ISP. -- 6. Resultados. -- 6.1. Seguridad de los mensajes de datos y las firmas digitales. -- 6.2. Riesgos frente a los documentos electrónicos y las firmas digitales. -- 6.2.1. Robo de información. -- 6.2.2. Suplantación de identidad. -- 6.2.3. Sniffers. -- 6.3. Modificación de información. -- 6.3.1. Repudio. -- 6.3.2. Denegación del servicio. -- 6.4. Elementos de seguridad de los mensajes de datos y las firmas digitales. -- 6.4.1. Confidencialidad. -- 6.4.2. Integridad. -- 6.4.3. Autenticidad. -- 6.4.4. No repudio. -- 6.5. Aplicación selectiva de servicios. -- 6.6. Autoridad de certificación (ca) o entidad de certificación. -- 6.7. Actividades. -- 6.8. Requisitos de constitución. -- 6.8.1. Entidades de certificación cerradas. -- 6.8.2. Entidades de certificación abiertas. |
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