Los mecanismos para la declaratoria de ineficacia del acto administrativo de adjudicación de bienes baldíos por indebida acumulación de tierras
De acuerdo con el Código Civil (Ley 84 de1873), se denominan como baldíos a aquellas “tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales carecen de otro dueño.” Siendo en consecuencia, el Estado, su propietario. Quien, para garantizar el derecho al acceso gradual a la tierra para campe...
- Autores:
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Gómez García, Juan Manuel
Silva Arenas, Jairo Andres
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/35546
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/35546
- Palabra clave:
- Baldío
Acumulación de tierras
Cláusula de reversión
Acción de simple nulidad
Revocatoria de actos administrativo
TG 2021 DER 34546
Vacant land
Accumulation of land
Reversion clause
Simple nullity action
Revocation of administrative acts
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución – No comercial – Sin Derivar
Summary: | De acuerdo con el Código Civil (Ley 84 de1873), se denominan como baldíos a aquellas “tierras que estando situadas dentro de los límites territoriales carecen de otro dueño.” Siendo en consecuencia, el Estado, su propietario. Quien, para garantizar el derecho al acceso gradual a la tierra para campesinos sin tierra o con tierra insuficiente, los adjudica a través de un proceso administrativo que adelanta la Agencia Nacional de Tierras – ANT. Para impedir que este objetivo se corrompa, el artículo 72 de la Ley 160 de 1994, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, prohíbe que las tierras baldías sean acumuladas, englobándole o adquiriendo nuevas extensiones de terreno, para acrecentar su tamaño original, conocido como Unidad Agrícola Familiar – UAF. Excediendo sus límites. A pesar de esta prohibición normativa, no se creó ni reglamentó por parte del legislador un mecanismo único al que puedan acudir tanto las autoridades competentes, como los particulares en aras de para dejar sin efectos los actos o negocios que lleguen configurar la indebida acumulación de tierras baldías. Ante esta omisión legislativa, tanto la doctrina como la jurisprudencia mediante la analogía han reconocido a las figuras de la cláusula de reversión, la acción de simple nulidad y la facultad de revocatoria directa de los actos administrativos, la vocación de emplearse como mecanismos idóneos para buscar la declaratoria judicial de ineficacia del acto de adjudicación o enajenación de baldíos. Por lo que el presente trabajo aborda el estudio del trámite para la operancia de la cláusula de reversión, el ejercicio de la acción de simple nulidad y la ejecución de la facultad de revocatoria directa de los actos administrativos, como mecanismos idóneos para remediar el fenómeno de la indebida acumulación de tierras con la declaratoria de ineficacia del acto viciado por indebida acumulación de tierras, para identificar sus alcances, características, similitudes y diferencias. |
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