La carga dinámica de la prueba en materia penal
En el Derecho Procesal y, concretamente, en el Derecho Probatorio, uno de los temas más discutidos es el de la carga de la prueba, en virtud de la cual se determina cuál de las partes en el proceso tiene la responsabilidad de demostrar los hechos objeto de discusión en el litigio, y las consecuencia...
- Autores:
-
Cano Ramírez, Paola Andrea
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Cooperativa de Colombia
- Repositorio:
- Repositorio UCC
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/8358
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/20.500.12494/8358
- Palabra clave:
- Prueba
Presunción de inocencia
Ley 600 de 2000
TG 2014 DER 8358
- Rights
- closedAccess
- License
- Atribución – No comercial
Summary: | En el Derecho Procesal y, concretamente, en el Derecho Probatorio, uno de los temas más discutidos es el de la carga de la prueba, en virtud de la cual se determina cuál de las partes en el proceso tiene la responsabilidad de demostrar los hechos objeto de discusión en el litigio, y las consecuencias de incumplir tal responsabilidad. A lo largo de la historia se han formulado distintos criterios para determinarla, siendo uno de ellos el que quien debe probar es el que se encuentra en mejores condiciones de hacerlo, lo que ha dado lugar a las denominadas cargas probatorias dinámicas, instituto cuya aplicación en el derecho privado ha despertado ardientes críticas. En tal propósito estudiaremos el concepto de prueba, carga de la prueba y carga dinámica de la prueba, así como el uso que se le ha dado a ellos en materias distintas al Derecho Penal, especialmente por nuestras altas cortes. También se abordará la manera como quedó consagrado el último de los conceptos mencionados, en el Código General del Proceso. Luego, estableceremos en qué forma el legislador colombiano ha distribuido la carga de la prueba en materia penal, tanto en la ley 600 de 2000 como en el Sistema Penal Acusatorio, lo que nos permitirá concluir si es posible la inversión de la carga de la prueba en ese campo. |
---|