Perspectivas filosóficas de los valores superiores. Un intento de redefinición como identidad y patrimonio de los pueblos

Propósito: ofrecer una redefinición de los valores constitucionales, considerándolos como parte de la identidad y el patrimonio intangible de los pueblos, producto de condicionantes históricas, políticas, económicas y socio-culturales concretas. Descripción: se desarrolla una breve retrospectiva de...

Full description

Autores:
Galbán - Rodríguez, Liuba Galbán - Rodríguez
Rodríguez - Matos, Neris
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/9071
Acceso en línea:
https://revistas.ucc.edu.co/index.php/di/article/view/1949
https://hdl.handle.net/20.500.12494/9071
Palabra clave:
Rights
openAccess
License
Derechos de autor 2017 Dixi
Description
Summary:Propósito: ofrecer una redefinición de los valores constitucionales, considerándolos como parte de la identidad y el patrimonio intangible de los pueblos, producto de condicionantes históricas, políticas, económicas y socio-culturales concretas. Descripción: se desarrolla una breve retrospectiva de las principales concepciones de los valores en el pensamiento iusfilosófico, se responden interrogantes tales como si el reconocimiento de valores por las constituciones es producto del azar histórico, por qué tienen el apelativo de “superiores” o “supremos” del ordenamiento jurídico, si forman o no parte del Derecho positivo, cuál es su relación con los derechos y si es suficiente con su reconocimiento constitucional para lograr su efectiva realización en la sociedad. Punto de vista: los valores reconocidos en las constituciones expresan ideologías, ideales, aspiraciones, son reflejos de pensamientos sociales, políticos, iusfilosóficos e irradian a todos los órdenes derivados de la Constitución. Conclusiones: los valores superiores son parte de la identidad y del patrimonio intangible de los pueblos, especialmente cuando su reconocimiento es producto de procesos constituyentes democráticos, cuentan con la supremacía jerárquica de la fuente de dónde provienen, forman parte del derecho positivo y pueden ser directamente invocables, interpretables y aplicables.