Realizar el presupuesto de la caja de compensación familiar de Arauca- Comfiar para la vigencia 2013

Comfiar es una Corporación araucana Sin Ánimo de Lucro, comprometida con el bienestar social integral del trabajador y su familia, mediante la prestación de servicios de calidad y programas sociales que promueven el mejoramiento continuo y la satisfacción de necesidades y expectativas. La caja es un...

Full description

Autores:
Castillo Epalza, Nora Leída
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad Cooperativa de Colombia
Repositorio:
Repositorio UCC
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.ucc.edu.co:20.500.12494/17652
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/20.500.12494/17652
Palabra clave:
Comfiar
Presupuesto
C.R.C
Fonniñez
IPC
Comfy
Budget
C.R.C
Fonniñez
IPC
Rights
openAccess
License
Atribución
Description
Summary:Comfiar es una Corporación araucana Sin Ánimo de Lucro, comprometida con el bienestar social integral del trabajador y su familia, mediante la prestación de servicios de calidad y programas sociales que promueven el mejoramiento continuo y la satisfacción de necesidades y expectativas. La caja es una corporación vigilada por la Superintendencia del Subsidio Familiar quien le exige realizar un presupuesto anual y que este sea aprobado por el consejo directivo de la administración. Para Comfiar el presupuesto es un cálculo anticipado de los ingresos y gastos de su actividad económica durante un período, por lo general es anual. En consideración de lo anterior se debe dar correcta aplicación de los recursos en cada uno de los programas conforme con los principios de legalidad, equilibrio financiero, programación integral, austeridad y eficiencia conforme a lo establecido en el Decreto 827 de 2003, para tal fin deberá tomar como base y punto de referencia la ejecución del año anterior. La distribución de los aportes del cuatro (4%) por ciento que estimen recaudar deberá ser calculada conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 21 de 1982; Ley 49 de 1990; el artículo 217 de la Ley 100 de 1993, Ley 115 de 1994, el Decreto Reglamentario 1902 de 1994 y las modificaciones contenidas en la Ley 789 de 2002, así como el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011. En virtud de los 5 principios que deben seguir los gestores fiscales (eficacia, eficiencia, economía, ecología y efectividad), tanto los gastos como las inversiones deberán encontrarse plenamente justificados, se deben implementar un control de gastos y este se tendrá en cuenta al momento de realizar su informe de gestión. Se deben establecer siempre el orden de prioridades consagradas en la Ley 21 de 1982 y la ley 789 de 2002, para la preparación de los Presupuestos de Ingresos, Egresos e Inversiones para los servicios y las diferentes coordinaciones, secciones, y divisiones de la Caja.