Sanidad vegetal.

Las plagas, las enfermedades y malezas de los cultivos, requieren para ser combatidas inversiones onerosas en fungicidas, insecticidas y herbicidas, los cuales pueden llegar a constituir el ochenta por ciento de los plaguicidas agrícolas usados. De este hecho ha nacido la preocupación de los paises...

Full description

Autores:
Escudero Cadavid, R.A.
Tipo de recurso:
Conferencia (Ponencia)
Fecha de publicación:
1983
Institución:
Agrosavia
Repositorio:
Agrosavia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.agrosavia.co:20.500.12324/14063
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12324/14063
Palabra clave:
Plagas de las plantas - H10
Enfermedades de las plantas - H20
Control de enfermedades
Reglamentaciónes
Transversal
Rights
License
Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International
Description
Summary:Las plagas, las enfermedades y malezas de los cultivos, requieren para ser combatidas inversiones onerosas en fungicidas, insecticidas y herbicidas, los cuales pueden llegar a constituir el ochenta por ciento de los plaguicidas agrícolas usados. De este hecho ha nacido la preocupación de los paises y de organizaciones internacionales en motivar a los gobiernos para que adecuen los recursos necesarios y dispongan de sistemas de protección vegetal, eficientes para controlar los problemas fitosanitarios e impedir por mecanismos cuarentenarios y de prevención, la llegada de otros no existentes. Dentro de la organización del ICA, la División de Sanidad Vegetal cuenta con una estructura básica mínima que le permite asl país cumplir los compromisos de la legislación nacional e internacional sanitaria y desarrollar los principios fundamentales de la protección vegetal: La exclusión, la prevención, el control y la erradicación de las plagas y de las enfermedades. Son obligaciones de la División de Sanidad Vegetal, establecer los mecanismos para ejercer el control sanitario sobre las importaciones de vegetales y de sus productos, con el fín de prevenir la introducción de enfermedades, deplagas y de malezas que constituyan un peligro para la agricultura. La División asesora al Ministerio de Agricultura en el cumplimiento de la Ley 82 de 1968 que aprovó la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, es tablecer las normas y mecanismos para reglamentar la legislación fitosanitaria nacional.